Micelio

Artículo 11

Los Agentes Secretos, En Su Labor De Colaboración Con La Justicia Penal Están En La Obligación De Iniciar De Oficio Las Diligencias Preliminares De Averiguación De Los Delitos Cuya Perpetración Llegue A Su Conocimiento

Decreto 2872 de 1953 · Por el cual se crea el Departamento Administrativo denominado Servicio de Inteligencia Colombiano (S. L. C)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Agentes Secretos, en su labor de colaboración con la Justicia Penal están en la obligación de iniciar de oficio las diligencias preliminares de averiguación de los delitos cuya perpetración llegue a su conocimiento. Tales diligencias serán principalmente las siguientes: 1 a . Asegurar la conservación de las pruebas. 2 a . Poner el hecho en conocimiento del Jefe del Servicio de Inteligencia Colombiano, y de los Jueces de Instrucción de dicho Servicio, o del Juez a cuyas órdenes sirvan, cuando fuere el caso. 3 a . Reunir cuantos elementos materiales puedan servir de base al descubrimiento de los hechos. 4 a . Aprehender a los delincuentes in flagranti delito. 5 a . Interrogar sumariamente al sindicado y a los testigos. 6 a . Cuidar de que se conserven las huellas y los elementos materiales del delito. 7 a . Ejecutar, in flagranti delito, pesquisas personales y domiciliarias aún durante la noche y en cualquier lugar donde exista motivo de que se halla el sindicado o evadido, o de que se encuentren cosas que deban decomisarse o secuestrarse o huellas que puedan ser destruidas o alteradas, llenando en cuanto fuere posible las formalidades exigidas por el Código de Procedimiento Penal, para las correspondientes diligencias, pero sin exigir juramento alguno a los testigos o peritos, y 8 a . Suministrar sin demora a la autoridad judicial en general y al Jefe del Servicio de Inteligencia y al funcionario de Instrucción en particular todos los datos que le sea posible obtener y que puedan conducir a la comprobación de las infracciones y al descubrimiento e identificación de los responsables.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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