Artículo cuarenta y cuatro. Los aportes efectuados por los Patronos o Empresas Públicas y privadas serán deducibles para los efectos del Impuesto sobre la Renta y Complementarios previa certificación del pago expedido por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Así mismo, lo serán las donaciones que las personas naturales o jurídicas hagan al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el cumplimiento de sus programas y servicios al niño y a la familia.
Ley 7 de 1979 →Vigente
Artículo 44
Ley 7 de 1979 · por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.