Requisitos para la expedición del certificado de inversiones para la procedencia de beneficios tributarios. Para la expedición de la certificación de que trata el artículo anterior, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), tendrá en cuenta los siguientes requisitos mínimos
Carta de solicitud presentada por el representante legal o apoderado de las personas naturales y/o jurídicas titulares de la inversión.
Realización del pago a la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), por concepto de servicios de evaluación, de conformidad con la resolución en la que se establezcan las tarifas para la evaluación y expedición del Certificado para incentivos tributarios.
Información del bien, incluyendo descripción, costo, marca y referencia, de acuerdo con los formatos y demás documentos que establezca la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
Información del servicio, incluyendo descripción y costo, de acuerdo con los formatos y demás documentos que establezca la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
Información del proyecto de acuerdo con los requerimientos que establezca la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
Para proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales de Energía (FNCE) mayores a 1 MW de capacidad, el interesado deberá realizar previamente la inscripción en el registro de proyectos de generación de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
Para efectos de la aplicación del presente artículo, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) establecerá, a través de actos administrativos, la metodología y los formatos para la presentación de la información y los soportes requeridos para la evaluación y expedición del certificado de inversiones para la procedencia de beneficios tributarios sobre los proyectos de generación de energía eléctrica a partir fuentes no convencionales de Energía (FNCE), o de acciones o medidas de gestión eficiente de la energía (GEE), incluyendo medición inteligente o de proyectos de Hidrógeno Verde o Azul.