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Artículo 1.2.1.22.13

Requisitos Para La Procedencia De La Exención Por Servicios Hoteleros Prestados En Hoteles Que Se Remodelen Y/O Amplíen

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para la procedencia de la exención por servicios hoteleros prestados en hoteles que se remodelen y/o amplíen. Para la procedencia de la exención por concepto de servicios hoteleros prestados en hoteles que se remodelen y/o amplíen, el contribuyente deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos cuando la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) los exija:

1.

Inscripción en el Registro Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o el que haga sus veces.

2.

Certificación expedida por la Curaduría Urbana del domicilio del inmueble o por la entidad que haga sus veces, en la cual conste la aprobación del proyecto de remodelación y/o ampliación del hotel correspondiente.

3.

Certificación expedida por la Alcaldía Municipal del domicilio del inmueble en la cual conste la aprobación del proyecto de remodelación y/o ampliación del hotel correspondiente.

4.

Certificación sobre la prestación de servicios hoteleros en establecimientos remodelados y/o ampliados, expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

5.

Certificación suscrita por un arquitecto o ingeniero civil con matrícula profesional vigente en la que se haga constar la remodelación y/o ampliación realizada, cuando estas no requieran licencia de construcción y licencia de urbanismo.

6.

Certificación del representante legal y del revisor fiscal y/o contador público del contribuyente beneficiario de la exención en la que se establezca:

a)

Costo fiscal del inmueble remodelado y/o ampliado.

b)

Valor total de la inversión por concepto de remodelación y/o ampliación.

c)

Proporción que representa el valor de la remodelación y/o ampliación en el costo fiscal del inmueble remodelado y/o ampliado.

d)

Que lleva contabilidad separada de los ingresos por servicios hoteleros y de los originados en otras actividades.

(Artículo 7°, Decreto 2755 de 2003)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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