Desde la sanción de esta Ley, los Magistrados de los Tribunales Administrativos Seccionales, devengaran, cada uno, la asignación mensual es de doscientos cincuenta pesos ($ 250), y la de ciento cincuenta pesos ($150) mensuales cada uno de los Secretarios de dichos Tribunales. El sueldo
de los Fiscales que ejerzan sus funciones ante tales Tribunales, será de doscientos pesos ($200) mensuales. El sueldo de los empleados subalternos de los mismos Tribunales será aumentado en un treinta por ciento (30 por 100).
Prohíbese a los Magistrados y Fiscales de los Tribunales Seccionales de lo Contencioso Administrativo recibir sobre sueldos, gastos de representación etc., de los Tesoros departamentales y municipales.