Micelio

Artículo 16

Funciones De La Oficina Asesora De Comunicaciones E Imagen Institucional

Decreto 120 de 2026 · por el cual se establece la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones e Imagen Institucional . Son funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones e Imagen Institucional las siguientes

1.

Diseñar estrategias de comunicación interna y externa, alineadas con los objetivos misionales del Ministerio de Salud y Protección Social, para garantizar una difusión clara, oportuna y efectiva de la información institucional.

2.

Diseñar, liderar y ejecutar el plan estratégico de comunicaciones para el posicionamiento, imagen corporativa y promoción del Ministerio de Salud y Protección Social.

3.

Proponer al Despacho del Ministro de Salud y Protección Social y a las demás dependencias de la entidad, políticas y procedimientos que permitan la unidad de criterios para el suministro de información a medios de comunicación.

4.

Coordinar la ejecución de campañas de comunicación y divulgación, en articulación con las diferentes dependencias del Ministerio, para fortalecer la visibilidad de las políticas y programas de salud.

5.

Proponer políticas y estrategias de comunicación para la aplicación de los principios de publicidad, transparencia y visibilidad de la gestión pública dando cumplimiento a la normativa vigente sobre la materia

6.

Liderar las relaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, con los medios de comunicación locales, regionales, nacionales e internacionales de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia y visibilidad de la gestión pública.

7.

Administrar en coordinación con las dependencias de la entidad, los contenidos que se publican en la página web y en la intranet, preservando el adecuado manejo de la imagen institucional.

8.

Dirigir el diseño e implementación de la estrategia de comunicación digital y publicación de contenidos en medios digitales del Ministerio de Salud y Protección Social.

9.

Establecer lineamientos encaminados a definir la vocería institucional oficial respecto a la emisión de información hacia los medios de comunicación y opinión pública.

10.

Apoyar la socialización de políticas, planes, programas y proyectos sectoriales, en coordinación con las áreas técnicas responsables, para promover el entendimiento y la apropiación por parte de la ciudadanía y actores del sector salud.

11.

Elaborar contenidos informativos, pedagógicos y promocionales, con criterios de lenguaje claro, enfoque diferencial y perspectiva territorial, para garantizar su accesibilidad y comprensión por parte de diversos públicos.

12.

Supervisar el uso de la identidad visual institucional, en todas las piezas y actividades comunicativas del Ministerio, para preservar la coherencia y fortalecimiento de la imagen institucional.

13.

Asesorar a las dependencias del Ministerio de Salud y Protección Social en lo referente a imagen institucional, logística y protocolo para la realización de los eventos institucionales o en los que participe la entidad.

14.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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