Micelio

Artículo 2.2.1.8.2

Integración

Decreto 1170 de 2015 · por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del sector Administrativo de Información Estadística.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración . La Comisión estará integrada por

1.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo e su delegado, quien la presidirá.

2.

El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

3.

El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, o su delegado.

4.

El Director de la Dirección de Impuestas y Aduanas Nacionales, o su delegado.

Parágrafo 1

En las reuniones de la Comisión, el Banco de la República podrá participar en calidad de invitado permanente y contará con voz pero sin voto. El Banco de la República será representado por el Gerente o su delegado.

Parágrafo 2

La Comisión podrá invitar a sus sesiones representantes de otras instituciones públicas o del sector privado, cuando así lo considere pertinente. Estos invitados serán citados por la Secretaría Técnica para temas específicos y contarán con voz pero sin voto. (Decreto número 864 de 2013, artículo 2°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1170 de 2015