Los distribuidores mayoristas, los transportadores, los grandes consumidores y los distribuidores minoristas deberán aplicar el procedimiento de "Detección" desarrollado por Ecopetrol a los combustibles que pretendan recibir de su respectivo agente suministrador en la cadena de comercialización y, así mismo, certificar su recibo a satisfacción asumiendo toda responsabilidad sobre el combustible recibido.
Decreto 1503 de 2002 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1503 de 2002 · por el cual se reglamenta la marcación de los combustibles líquidos derivados del petróleo en los procesos de almacenamiento, manejo, transporte y distribución.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.