Micelio

Artículo 1

Ley 106 de 1922 · por la cual se aumentan los sueldos de los empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auméntanse los sueldos de los empleados de Poder Judicial y del Ministerio Público en esta proporción:

Los mayores de doscientos pesos, en un diez por ciento.

Los mayores de ciento, sin pasar de doscientos pesos, en un veinte por ciento.

Los de cien pesos o menos, en un treinta por ciento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 106 de 1922