El Gobierno nacional a través del Ministerio de Cultura y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, crearán y formularán las estrategias y políticas que permitan proteger, catalogar, coleccionar y mantener en uso comercial el Yipao, con fines de promoción cultural y turística. Dichos Ministerios darán prioridad a los proyectos que involucren el Yipao como atractivo cultural y turístico.
Ley 2057 de 2020 →Vigente
Artículo 5
Ley 2057 de 2020 · por la cual se declara al Yipao y a la cultura yipera como patrimonio cultural integrante del paisaje cultural cafetero y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.