Declarase de utilidad pública la demolición de las construcciones de que trata el artículo 5°., numerales 1°. y 2°. de la presente ley. En consecuencia, el gobierno hará uso de las disposiciones sobre expropiación e indemnización en relación con los propietarios respectivos.
Ley 209 de 1959 →Vigente
Artículo 10
Ley 209 de 1959 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración de un sesquicentenario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.