Micelio

Artículo 1

Ley 142 de 1948 · Por la cual se crea una Facultad de Agronomía, se determinan sus funciones y se provee a su financiación y se da una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Crease, dependiente de la Universidad Nacional una nueva Facultad de Agronomía, con sede en Tunja, Sogamoso o cualquiera otra ciudad de Boyacá o de los Departamentos de Santander y Norte de Santander, que, por común acuerdo del Gobierno Nacional y del Consejo Directivo de la Universidad, se considere mejor indicada para servir los intereses economico-agrícolas del Oriente colombiano.

Parágrafo

Esta Facultad queda autorizada para expedir títulos universitarios, de acuerdo con las normas vigentes en la Universidad Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 142 de 1948