Micelio

Artículo 16

Decreto 2662 de 1999 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Aseguramiento de la Calidad . Son funciones de la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad

1.

Garantizar la calidad de la educación por medio de la medición y la evaluación del sistema.

2.

Coordinar con la Dirección General y demás dependencias el desarrollo de planes y programas en lo referente a medición y evaluación de la educación.

3.

Coordinar y realizar estudios tendientes a la cualificación de los procesos de medición y evaluación educativa, teniendo en cuenta la estructura, fines y organización de la educación colombiana y las perspectivas internacionales.

4.

Desarrollar la fundamentación teórica y conceptual de los instrumentos de medición y evaluación e implementar modelos para el procesamiento y análisis de los resultados de la evaluación.

5.

Procesar y analizar los resultados de la evaluación para generar informes que, incorporados al Sistema Nacional de Información de la Educación, sean la base para la toma de decisiones en el proceso de mejoramiento de la calidad de la educación.

6.

Promover el desarrollo de la capacidad técnica en medición y evaluación educativa de las Entidades Territoriales a través de las Secretarías de Educación y los CRES.

7.

Coordinar con las autoridades e instituciones educativas, su participación en actividades propias de la administración y aplicación de instrumentos de medición y evaluación.

8.

Coordinar con el MEN, los entes regionales y las demás entidades públicas y privadas la ejecución de los planes del Sistema Nacional de Evaluación.

9.

Programar y organizar los exámenes de Estado que establezcan las normas legales sobre la materia.

10.

Programar y organizar los exámenes de validación de educación básica y media, y tramitar los títulos que en nombre del Ministerio de Educación Nacional debe expedir el Instituto.

11.

Coordinar con los colegios de profesiones, estrategias y acciones que apoyen el desarrollo y la evaluación de la educación superior.

12.

Coordinar con las diferentes entidades públicas y privadas la realización de estudios relacionados con los resultados del Sistema Nacional de Evaluación

13.

Desarrollar estrategias para divulgar los resultados del Sistema Nacional de Evaluación según el tipo de usuarios y estudiar su impacto en el mejoramiento de la calidad de la educación.

14.

Organizar, administrar y mantener actualizada la información del Sistema Nacional de Evaluación y promover su utilización por parte de instituciones educativas e investigadores

15.

Coordinar con la Subdirección de Monitoreo y Vigilancia y las Asociaciones Profesionales con la orientación del MEN, la elaboración de estándares.

16.

Promover programas y proyectos con las instituciones de educación, para el análisis y aprovechamiento pedagógico de los desarrollos alcanzados en el Sistema Nacional de Evaluación de la Educación.

17.

Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean asignadas por el Director General y las normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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