°. El intendente y el secretario de la intendencia disfrutaran mensualmente Del aumento de sueldo de que trata el
Parágrafo
del artículo 52 del decreto Número 392.
El Intendente Y El Secretario De La Intendencia Disfrutaran Mensualmente Del Aumento De Sueldo De Que Trata El Parágrafo Del Artículo 52 Del Decreto Número 392
Decreto 1417 de 1893 · Por el cual se adiciona el marcado con el número 392 de 17 de Enero del corriente año
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. El intendente y el secretario de la intendencia disfrutaran mensualmente Del aumento de sueldo de que trata el
del artículo 52 del decreto Número 392.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.