Modificación de la licencia. El titular de una licencia deberá presentar solicitud de modificación de la misma, cuando se presente cualquiera de los siguientes eventos:
Venta de la motonave. En cuyo caso el cesionario deberá cumplir con los requisitos exigidos para ser titular, en los términos establecidos en la ley y en este título.
Cambio de nombre de la motonave.
Cambio de razón social de las empresas que realicen operaciones marítimas, portuarias o fluviales.
La solicitud a que se refiere el presente Artículo deberá presentarse al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dentro de los treinta (30) días siguientes a la ocurrencia del hecho que la motive.
(Decreto 2061 de 1996, artículo 67)