Micelio

Artículo 1

Ley 34 de 1879 · Por la cual se concede un ausilio a la nueva ciudad de San José de Cúcuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Destínase del Tesoro nacional la suma de veinte mil pesos ($20,000) como ausilio a la nueva ciudad de San José de Cúcuta, para que no se emplee en proveer convenientemente de aguas a la población.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1879