Micelio

Artículo 3

P Rincipios

Decreto 1290 de 2014 · Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Evaluación de Gestión yResultados Sinergia-

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. P rincipios. Para el desarrollo del Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados -Sinergia, se aplicarán los siguientes principios: • Coordinación: se requiere de una gestión coordinada al interior y entre las instituciones responsables de desarrollar las políticas, programas, planes y proyectos del Plan Nacional de Desarrollo (PND). • Responsabilidad: cada entidad u organismo público debe constituirse en una organización basada en responsabilidad y dirigir su gestión al cumplimiento de los compromisos adquiridos en los ámbitos participativos de planeación, respecto al logro conjunto e individual de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo. • Autonomía: cada entidad y organismo público del nivel nacional es autónomo dentro del marco de los principios y procedimientos de Sinergia así como en la realización de sus procesos de autoevaluación, según el ámbito de su misión, competencias y capacidad institucional. • Transparencia: la información generada por los procesos de seguimiento y evaluación realizados en cumplimiento de los principios, acciones, procedimientos e instrumentos de Sinergia será de conocimiento público. CAPÍTULO III Componentes e Integrantes del Sistema

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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