°. Plazo de la liquidación. El Fondo Nacional de Regalías entrará en proceso de liquidación a partir de la promulgación del Decreto-ley 4923 de diciembre 26 de 2011, el cual debe concurrir a más tardar en el término de tres (3) años a partir de la fecha de expedición del presente decreto, que podrá prorrogarse mediante acto administrativo debidamente motivado, y para todos los efectos legales utilizará la denominación "Fondo Nacional de Regalías en Liquidación".
Decreto 4972 de 2011 →Vigente
Artículo 1
Plazo De La Liquidación
Decreto 4972 de 2011 · por el cual se define el procedimiento y plazo para la liquidación del Fondo Nacional de Regalías y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.