Dirección de Acceso y Desarrollo Social. Son funciones de la Dirección de Acceso y Desarrollo Social, las siguientes
Formular las políticas para el acceso, promoción y desarrollo social de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Investigar tendencias mundiales en el manejo de aspectos sociales, aplicados a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Investigar y tramitar los recursos de cooperación internacional que puedan ser aplicados a los planes, programas y proyectos de acceso, promoción y desarrollo social de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Investigar necesidades formular y gestionar proyectos de acceso y uso social de las tecnologías de la información y las comunicaciones tendientes a satisfacer las necesidades de las comunidades vulnerables y excluidas.
Planear, dirigir y coordinar el proceso de planeación y estructuración de proyectos de acceso y desarrollo social de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Planear y dirigir el proceso de seguimiento y control de proyectos sociales de tecnologías de la información y las comunicaciones.
Planear, formular, estructurar, controlar y hacer el seguimiento de los programas y proyectos a los que se refiere el numeral 4 del artículo 2º del presente decreto.
Coordinar la ejecución de los estudios de impacto socioeconómico generados por los proyectos sociales de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.