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Artículo 2

La Administración Del Contingente Establecido En El Artículo 1° Del Presente Decreto Será Realizada Por La Dirección De Comercio Exterior Del Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Bajo El Régimen De Libre Importación

Decreto 2373 de 2009 · por el cual se aplica una medida de salvaguardia definitiva.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La administración del contingente establecido en el artículo 1° del presente decreto será realizada por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo bajo el régimen de libre importación. El 90% del contingente será distribuido por la Dirección de Comercio Exterior, entre los importadores tradicionales de películas flexibles de PVC, originarias de Brasil, de acuerdo con su participación en el total de las importaciones de este producto y de este origen. El restante 10% se otorgará a nuevos importadores en partes iguales hasta agotar el cupo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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