Micelio

Artículo 1

Ley 23 de 1875 · Que prorroga la concesión hecha al Hospital de Cipaquirá, por el decreto lejislativo de 26 de abril de 1871

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Prorógase por diez años la concesion de dos mil cuatrocientos pesos anuales, que hizo en favor del Hospital de Cipaquirá el decreto lejislativo de 26 de abril de 1871.

§.° Esta próroga empezará a contarse desde el dia en que termine la concesion hecha por aquel decreto, cuyas demas disposiciones quedan vijentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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