Micelio

Artículo 6

Ley 67 de 1943 · Por la cual se dictan varias disposiciones que modifican la organización y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El ordinal a) del artículo 2º de la ley 22 de 1942 quedará así:

a)

Haber servido al país en los puestos del Organo Judicial, del Ministerio Público o de lo Contencioso Administrativo por un término no menor de veinte años. En este término de servicio se contará y acumulará el que se hubiere prestado en uno varios destinos o en ejercicio del cargo del Presidente de la República, Ministro del Despacho Ejecutivo, Gobernador del Departamento, Senador o Representante al Congreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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