Micelio

Artículo 5

Ley 27 de 1907 · Por la cual se declaran prescritas ciertas penas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Poder Ejecutivo para reglamentar esta Ley en el sentido de aclarar las dadas ó llenar los vacíos que ocurran en su ejecución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 27 de 1907