Micelio

Artículo 25

Son Funciones De La Sección De Impuestos Indirectos: A) Orientar La Labor De Liquidación De Los Impuestos Indirectos De Todas Las Oficinas Del País, Mediante La Elaboración De Normas E Instrucciones Que Deben Ser Impartidas Por Los Conductos Regulares

Decreto 1715 de 1960 · Por el cual se reorganiza la división de impuestos nacionales y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Impuestos Indirectos

a)

Orientar la labor de liquidación de los impuestos indirectos de todas las oficinas del país, mediante la elaboración de normas e instrucciones que deben ser impartidas por los conductos regulares.

b)

Coordinar con la Sección de Inspección Ejecutiva la vigilancia del cumplimiento de las normas relativas a la liquidación y recaudo de los impuestos indirectos.

c)

Estudiar y sustanciar los negocios y proyectar las providencias relativas a la solución de los recursos interpuestos contra la liquidación de los impuestos indirectos.

d)

Elaborar las normas generales y especiales que sirvan de orientación a las oficinas de Recursos Tributarios en el campo especializado que les corresponde.

e)

Suministrar los informes con la periodicidad establecida por los reglamentos.

f)

Las demás que le asigne el Jefe de la Subdivisión y que estén conformes con los objetivos de la Sección. De la Subdivisión de Recaudación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1715 de 1960