Micelio

Artículo 6

Ley 36 de 1931 · Sobre reformas civiles y judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los juicios para perseguir el pago de créditos hipotecarios de amortización gradual, podrán suspenderse, expresa o tácitamente por el demandante, o por convenio entre las partes, por tiempo indefinido, sin que la suspensión implique ni caducidad de la instancia ni de la acción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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