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Artículo 14

Subdirección De Gestión De La Información

Decreto 2121 de 2023 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Gestión de la Información. Son funciones de la Subdirección de Gestión de la Información las siguientes:

1.

Proponer a la dirección los planes, programas y proyectos relacionados con el gobierno y gestión de la información del sector y realizar un eficaz relacionamiento con los actores del sector y las demás partes interesadas.

2.

Levantar, recopilar, consolidar, analizar y actualizar la información territorial de tipo socioeconómico, medioambiental, cultural y de entorno, para la implementación eficaz del enfoque territorial en los planes, programas, proyectos y mecanismos a cargo de la Unidad.

3.

Identificar y definir las políticas y estándares para el gobierno y gestión de información y los servicios digitales del sector minero energético e incentivar su cumplimiento.

4.

Definir el modelo de gobierno y gestión de la información, sus políticas y lineamientos, para garantizar la disponibilidad y calidad de los datos, información y servicios digitales del sector minero energético colombiano de acuerdo con la política de gobierno digital.

5.

Elaborar los estudios de carácter técnico, económico, ambiental o de enfoque territorial, que sean necesarios para implementar el modelo de gobierno y gestión de la información del sector minero energético, y establecer las necesidades de análisis y levantamiento de datos para satisfacer la demanda de información sectorial.

6.

Elaborar el Plan de Gestión de Información Sectorial en articulación con la Estrategia de Transformación Digital Sectorial, y presentarlo para su adopción por parte del Ministerio de Minas y Energía y las entidades del sector.

7.

Administrar el Sistema de Información Minero Energético Colombiano (SIMEC) y garantizar su operación efectiva, segura y teniendo en cuenta la colaboración interinstitucional.

8.

Coordinar la implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales y la integración de ésta con el Sistema Estadístico del Sector Minero Energético, para soportar el desarrollo de soluciones con enfoque territorial y las iniciativas de desarrollo sostenible en el sector.

9.

Proponer y promover acciones para la innovación, la gestión del conocimiento y el desarrollo de capacidades de los servidores de la Unidad, en temas relacionados con el gobierno y la gestión de información.

10.

Formular planes, programas y proyectos de gestión de la información en las entidades del sector y en actores nacionales y de cooperación internacional.

11.

Formular, desarrollar e implementar mecanismos e instrumentos de seguimiento y evaluación a la ejecución de planes, programas y proyectos sobre gobierno y gestión de información y del Plan de Gestión de Información Sectorial, en coordinación con el Ministerio de Minas y Energía y las entidades del sector.

12.

Apoyar a las demás dependencias de la Unidad en la implementación de programas y proyectos relacionados con la gestión de la información, iniciativas de analítica, consolidación de bases de datos temáticas, integración de información geoespacial y estadística y, disposición de servicios ciudadanos digitales.

13.

Formular la estrategia y los programas de difusión de la información institucional, de acuerdo con los lineamientos de la política de gobierno digital y de datos abiertos, y que promuevan el adecuado uso de la información institucional y sectorial.

14.

Coordinar la integración e interoperabilidad, acceso y uso de los sistemas de información en el sector.

15.

Informar periódicamente a los agentes del sector público y privado sobre la evolución de los indicadores sectoriales y su incidencia en las actividades socioeconómicas del país.

16.

Diseñar, implementar y hacer seguimiento a la estrategia de relacionamiento de la Unidad con los grupos de interés del sector minero energético.

17.

Establecer las estrategias para el fomento, acceso, difusión, y uso de la información en el Sector Minero Energético, acorde con las mejores prácticas en gobierno de datos, en coordinación con las dependencias técnicas de las entidades del sector y de las entidades territoriales.

18.

Diseñar, promover e implementar los lineamientos para la accesibilidad, uso e inclusión de los medios virtuales y presenciales de difusión y relacionamiento, de acuerdo con procedimientos, protocolos y la normatividad del sector.

19.

Las demás que le sean asignadas por la ley o que le sean delegadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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