Micelio

Artículo 4

Decreto 976 de 1944 · Por el cual se ordena el funcionamiento del Juzgado de Menores de Tunja

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El pago de los sueldos del personal del Juzgado de Menores de Tunja, útiles de escritorio, etc., se hará con cargo a las apropiaciones destinadas a estos servicios, y el gasto correspondiente a dotación del Juzgado se imputará al capítulo 10, articulo 66, del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 976 de 1944