Micelio

Artículo 8.23.4

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos Mínimos del Contrato: Sin perjuicio de lo ordenado en esta circular, los contratos deberán incluir como mínimo los siguientes requisitos: a. Identificación de las partes; b. Número de participantes; c. Bien o servicio que se pretende adquirir o el monto hasta el que se aportará y el bien o servicio en que se invertirá; d. Periodos en los que se realizarán las asambleas, requisitos para participar en las asambleas; e. Número de pagos periódicos del plan elegido por el suscriptor y la duración del plan; f.Requisitos para la entrega del bien o la prestación del servicio financiado; g. Las causas que justifiquen la no entrega del bien o la prestación del servicio financiado; h. Los seguros que sean necesarios y a cargo de quien estará el pago de las primas; i.Los costos adicionales que se causen con motivo de la adquisición, entrega del bien o prestación del servicio, y quién debe asumirlos; j.Forma y plazo de devolución al retiro voluntario o incumplimiento del suscriptor; k. Posibilidad de fusión y liquidación de grupos; l.Las obligaciones contraídas y los derechos adquiridos por cada una de las partes; m.Posibilidad de retracto del contrato, y n. Fecha en que se suscribe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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