Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1613 de 2003 · por el cual se suprime la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar - Teleupar S.A. E.S.P. y se ordena su disolución y liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Garantía de la continuidad en la prestacion de los servicios de telecomunicaciones. Con el fin de que la Nación pueda cumplir con el mandato constitucional y legal de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios, la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar - Teleupar S.A. E.S.P. en Liquidación deberá: 4.1 Garantizar que los bienes, activos y derechos de la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar - Teleupar S.A. E.S.P. en Liquidación destinados a la prestación del servicio de telecomunicaciones, incluyendo los nombres comerciales, las enseñas comerciales, las marcas, los logotipos, los símbolos y, en general, todos los derechos de propiedad intelectual de la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar - Teleupar S.A. E.S.P.; se mantengan afectos a la prestación del servicio de telecomunicaciones. 4.2 Garantizar la continuidad en la prestación del servicio mediante la celebración de los contratos que se requieran, respetando las disposiciones legales que regulan la liquidación de entidades públicas, y amortizar con cargo a la renta que generen dichos contratos las obligaciones de la empresa.

Parágrafo

Para los efectos del presente Decreto se entiende por servicios de telecomunicaciones, los servicios de telecomunicaciones propiamente dichos, domiciliarios o no, las actividades de telecomunicaciones, los servicios relacionados con las "Tecnologías de Información y Comunicaciones" y las actividades relacionadas con la instalación, uso y explotación de redes para esos servicios. Igualmente, se entiende por Gestor del Servicio la empresa que se cree con el fin de asegurar la prestación del servicio de telecomunicaciones. CAPITULO II Destinación de bienes y derechos de la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar - Teleupar S.A. E.S.P.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1613 de 2003