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Artículo 1

Las Empresas Del Ferrocarril I Telégrafo De Bolívar I De Los Remolcadores I Bongos Que Están Al Servicio Del Ferrocarril, Se Administrarán Por Cuenta De La Nacion

Decreto 617 de 1875 · Sobre administración del ferrocarril i telégrafo de Bolívar i de los remolcadores i bongos de fierro que están al servicio de aquel

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las empresas del ferrocarril i telégrafo de Bolívar i de los remolcadores i bongos que están al servicio del ferrocarril, se administrarán por cuenta de la Nacion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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