ANEXO A FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL Entre las funciones del Secretario General mencionadas en el párrafo (b) del artículo XII del presente Acuerdo se incluirán las siguientes: 1) llevar al día las previsiones de tráfico de Intelsat y con este objeto convocar reuniones regionales periódicas para calcular las demandas de tráfico; 2) aprobar solicitudes de acceso al segmento espacial de Intelsat de estaciones terrenas normalizadas, informar a la Junta de gobernadores sobre solicitudes de acceso por estaciones terrenas no normalizadas y llevar datos sobre fechas de disponibilidad de estaciones terrenas nuevas y existentes; 3) llevar datos basados en informes presentados por los Signatarios, por otros propietarios de estaciones terrenas y por el contratista de servicios de gerencia sobre las posibilidades y las limitaciones técnicas y operativas de todas las estaciones terrenas nuevas y existentes; 4) llevar una oficina de documentación sobre las asignaciones de frecuencias a los usuarios y hacer lo necesario para el registro de frecuencias en la Unión Internacional de Telecomunicaciones; 5) preparar presupuestos de gastos y de operación y calcular necesidades de ingresos, basándose en hipótesis de planificación aprobadas por la Junta de Gobernadores; 6) recomendar a la Junta de Gobernadores las tasas de utilización del segmento espacial de Intelsat; 7) recomendar a la Junta de Gobernadores métodos de aplicación de contabilidad; 8) llevar libros de contabilidad y tenerlos en condiciones de revisión, según lo requiera la Junta de Gobernadores, así como preparar estados financieros mensuales y anuales; 9) calcular las participaciones de inversión de los Signatarios, facturar a los Signatarios las contribuciones de capital, facturar a los usuarios por su utilización del segmento espacial de Intelsat, recibir pagos en efectivo en nombre de Intelsat y distribuir a los Signatarios los ingresos y demás desembolsos en efectivo en representación de Intelsat; 10) informar a la Junta de Gobernadores respecto de Signatarios morosos en sus contribuciones de capital y respecto de usuarios morosos en sus pagos por la utilización del segmento espacial de Intelsat; 11) aprobar y liquidar facturas presentadas a Intelsat por compras autorizadas y contratos celebrados por el órgano ejecutivo, así como reembolsar al contratista de servicios de gerencia los gastos incurridos por adquisiciones y contratos celebrados en representación de Intelsat y autorizados por la Junta de Gobernadores; 12) administrar programas de prestaciones sociales para los empleados de Intelsat, así como pagar salarios y gastos autorizados del personal de Intelsat; 13) invertir o depositar fondos disponibles y girar sobre tales inversiones o depósitos cuando sea necesario para cumplir con las obligaciones de Intelsat; 14) llevar los datos de los bienes de Intelsat y de su depreciación y llevar, en colaboración con el contratista de servicios de gerencia y los Signatarios apropiados, los inventarios de los bienes de Intelsat; 15) recomendar términos y condiciones para los acuerdos de asignación de utilización del segmento espacial de Intelsat; 16) recomendar programas de seguros para la protección de los bienes de Intelsat y disponer lo necesario al efecto cuando sea autorizado por la Junta de Gobernadores; 17) para los fines del párrafo (d) del artículo XIV del presente Acuerdo, analizar e informar a la Junta de gobernadores sobre los probables efectos económicos para Intelsat de cualquier proyecto de instalación de segmento espacial separado del segmento espacial de Intelsat; 18) preparar los temarios provisionales para las reuniones de la Asamblea de Partes, de la Reunión de Signatarios y de la Junta de Gobernadores, así como de sus comisiones asesoras, preparar las actas provisionales de tales reuniones y colaborar con los presidentes de las comisiones asesoras en la preparación de sus temarios, actas e informes para la Asamblea de Partes, la Reunión de Signatarios y la Junta de Gobernadores; 19) proporcionar servicios de interpretación y de traducción, reproducción y distribución de documentos, así como preparar las actas taquigráficas de las reuniones, según las necesidades; 20) llevar un repertorio de las decisiones tomadas por la Asamblea de Partes, la Reunión de Signatarios y la Junta de Gobernadores, así como preparar informes y correspondencia relacionados con decisiones tomadas durante sus reuniones; 21) colaborar en la interpretación de los reglamentos de la Asamblea de Partes, de la Reunión de Signatarios y de la Junta de Gobernadores así como respecto de las atribuciones de sus comisiones asesoras; 22) tomar las disposiciones necesarias para las reuniones de la Asamblea de Partes, la Reunión de Signatarios y la Junta de Gobernadores, así como para sus comisiones asesoras; 23) recomendar procedimientos y reglas para contratos y compras celebrados en representación de Intelsat: 24) tener informada a la Junta de Gobernadores respecto del cumplimiento de las obligaciones por los contratistas, inclusive por el contratista de servicios de gerencia; 25) compilar y llevar al día una lista mundial de licitadores para todas las adquisiciones de Intelsat; 26) negociar, otorgar y administrar los contratos necesarios para permitir al Secretario General llevar a cabo sus funciones asignadas, inclusive contratos para obtener asistencia por parte de otras entidades para desempeñar dichas funciones; 27) proveer o disponer lo necesario para la provisión de asesoramiento legal a Intelsat, en relación con las funciones del Secretario General; 28) prestar servicios apropiados de información pública; y 29) adoptar las disposiciones y convocar conferencias con el fin de negociar el Protocolo relativo a privilegios, exenciones e inmunidades a que se refiere el párrafo (c) del artículo XV del presente Acuerdo.
Artículo 2
Decreto 1472 de 2002 · por el cual se promulga la enmienda al inciso (f) del artículo XVII del Acuerdo relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite, Intelsat, hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995 y la Enmienda a los incisos (d) (i) y (h) del artículo 6° y (f) del artículo 22 del Acuerdo Operativo de la Organización de Telecomunicaciones por Satélite, hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.