Los Comisarios Especiales del Caquetá y del Putumayo enviarán al Ministerio de Agricultura y Comercio, cada año, un informe detallado sobre el estado y desarrollo de cada pueblo, y las medidas que convenga dictar para el mejoramiento de la región, considerando que los indígenas deben gozar de las garantías que la Constitución otorga a todos los ciudadanos, y de las prerrogativas especiales que por su condición inferior les reconocen las leyes.
Artículo 10
Los Comisarios Especiales Del Caquetá Y Del Putumayo Enviarán Al Ministerio De Agricultura Y Comercio, Cada Año, Un Informe Detallado Sobre El Estado Y Desarrollo De Cada Pueblo, Y Las Medidas Que Convenga Dictar Para El Mejoramiento De La Región, Considerando Que Los Indígenas Deben Gozar De Las Garantías Que La Constitución Otorga A Todos Los Ciudadanos, Y De Las Prerrogativas Especiales Que Por Su Condición Inferior Les Reconocen Las Leyes
Decreto 1484 de 1914 · Sobre el modo como deben gobernarse los indígenas del Caquetá y Putumayo
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.