La Nación consagra un recuerdo con ocasión del próximo centenario de la proclamación de la independencia de la antigua Provincia de Neiva, a los ciudadanos Diego Miguel Dussán, Miguel María Ortiz y Duran, Manuel Tello, José Antonio Amezquita, Nicolás María de Pombo, José Manuel de Silva, José Rafael Cabrera, Francisco Ramón Parra y José Díaz, quienes, como miembros del Colegio Revisor Electoral de aquella Provincia los primeros, y Jefe del Poder Ejecutivo el último, la declararon, de modo solemne, el 8 de febrero de 1814, definitivamente libre e independiente del poder español.
Ley 29 de 1913 →Vigente
Artículo 1
Ley 29 de 1913 · Sobre celebración del Centenario de la Independencia de la Provincia de Neiva
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.