Micelio

Artículo 3

° La Sal Marina Que Se Recolecte En Las Salinas Del Atlántico Con El Objeto De Ser Internada Por Los Puertos Del Pacífico, Será Presentada En Las Aduanas De Aquél Con Los Mismos Requisitos Y Formalidades Establecidas Por El Decreto Número 1174 Para La Sal Que Ha De Internarse Por Los Puertos De La Costa Atlántica; Será Recibida Y Pesada Por Los Administradores De Dictas Aduanas, Quienes Reconocerán Las Mermas En Los Términos Del Artículo Anterior, Y La Mantendrán En Los Almacenes Por El Término Prudencial Necesario, Que Ellos Fijarán, Para Que Sea Embarcada Por Los Interesados Con Destino Á Los Puertos Del Pacífico, Mediante Las Formalidades Establecidas Para El Embarque De Los Productos De Exportación

Decreto 203 de 1911 · Por el cual se adiciona el marcado con el número 1174 de 1910, sobre organización del impuesto de consumo de la sal marina

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La sal marina que se recolecte en las Salinas del Atlántico con el objeto de ser internada por los puertos del Pacífico, será presentada en las Aduanas de aquél con los mismos requisitos y formalidades establecidas por el Decreto número 1174 para la sal que ha de internarse por los puertos de la Costa Atlántica; será recibida y pesada por los Administradores de dictas Aduanas, quienes reconocerán las mermas en los términos del artículo anterior, y la mantendrán en los almacenes por el término prudencial necesario, que ellos fijarán, para que sea embarcada por los interesados con destino á los puertos del Pacífico, mediante las formalidades establecidas para el embarque de los productos de exportación. Los mismos Administradores, dichos expedirán para cada caso una guía, en que conste el nombre del interesado, fecha de la expedición, cantidad y calidad de la sal y puerto del Pacífico á que se dirige. De esa guía se extenderán cuatro ejemplares, que se destinarán: uno al interesado, otro al Administrador del puerto del Pacífico á que la sal vaya destinada, al cual se le enviará á la mayor ' brevedad posible; «otro al Ministerio de Hacienda, y otro se conservará en la aduana de origen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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