Art. 2.° Créanse los siguientes Circuitos de Notaria y Registro: el del Carmen, en el Departamento de Antioquia, compuesto del Municipio de este nombre, que será su cabecera, y del de Cocorna; el de Belén, en el Departamento de Boyacá, compuesto de los siguientes Municipios: Belén, que será su cabecera, Tutasá, Betéitiva y Cerínza; el de Funza, en Cundinamarca, compuesto de los Municipios de Funza, que será su cabecera, Mosquera y Cota; y el de Macheta, en Cundinamarca, formado de los Municipios de Macheta, que será su cabecera, Manta y Tibirita.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.