Micelio

Artículo 6

Ley 30 de 1905 · por la cual se da una autorización al Poder Ejecutivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.º Autorizase igualmente al Gobierno para enviar á Europa y á los Estados Unidos, á estudiar industrias y artes manuales, y jóvenes que den las mayores garantías por sus capacidades y su interés por el ramo que vayan á estudiar. Estarán obligados esos estudiantes á rendir mensualmente informes detenidos y minuciosos de las observaciones y estudios que vayan haciendo, y á regresar al país con el fin de ejercer como profesores ó maestros la enseñanza de las artes ó industrias que hayan estudiado, para lo cual otorgaran las garantías necesarias á fin de asegurar el cumplimiento de estos compromisos y la devolución de los gastos por el gobierno, llegado el caso.

El Gobierno reglamentara los detalles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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