Micelio

Artículo 2

Ley 54 de 1943 · Por la cual se concede un auxilio a los Cuerpos de Bomberos de Bogotá y Medellín

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asimismo auxiliase por una sola vez con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) al cuerpo de bomberos de la ciudad de Medellín, para la renovación de los equipos actualmente en uso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 54 de 1943