Artículo segundo . Este Decreto rige a partir del primero (1°) de abril de mil novecientos setenta (1970). Comuníquese y publíquese.
Decreto 718 de 1970 →Vigente
Artículo 13
Decreto 718 de 1970 · Por el cual se aprueba, con modificaciones el Decreto número 0049 del 5 de marzo de 1970, originario de la Intendencia de Arauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.