Micelio

Artículo 14

Decreto 547 de 1995 · por medio del cual se establecen la metodología y los criterios objetivos para la determinación del sistema de franjas de precios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Arancel variable total para productos derivados y sustitutos . Cuando el Precio de Referencia CIF del producto marcador sea menor que el Precio Piso CIF de su franja, el Arancel Variable Total para las importaciones de los productos derivados y sustitutos vinculados a dicho producto marcador originarios de terceros países, será la suma del gravamen ad-valorem del producto derivado o sustituto más el derecho variable adicional calculado según la metodología que se presenta en el artículo 15 de este Decreto. Cuando el Precio de Referencia CIF del producto marcador sea igual al Precio Piso CIF o al Precio Techo CIF o se ubique entre estos dos, el Arancel Variable Total para las importaciones de productos derivados o sustitutos vinculados a dicho producto marcador, originarios de terceros países, será igual al gravamen ad-valorem del producto derivado o sustituto. Cuando el Precio de Referencia CIF del producto marcador sea superior al Precio Techo CIF de su franja, el Arancel Variable Total para las importaciones de productos derivados y sustitutos, originarios de terceros países, será la diferencia entre su gravamen ad-valorem y la rebaja arancelaria calculada según la metodología señalada en el artículo 16 de este Decreto. En caso de que este resultado sea negativo, el Arancel Variable Total será cero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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