º. Determinación de desorganización de mercado. Existirá desorganización de mercado cuando las importaciones originarias de la República Popular China de un producto similar o directamente competidor al fabricado por la rama de producción nacional estén aumentando rápidamente, en términos absolutos o relativos, de forma que sea una causa importante de daño grave o amenaza de daño grave para la rama de producción nacional. La determinación de existencia de desorganización de mercado deberá basarse en factores objetivos, entre ellos, el volumen de las importaciones, el efecto de las importaciones sobre los precios de artículos similares o directamente competidores y el efecto de esas importaciones sobre la rama de producción nacional que produce productos similares o directamente competidores. CAPITULO II Procedimiento de investigación
Decreto 1480 de 2005 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1480 de 2005 · Por medio del cual se regula la aplicación de medidas de limitación a importaciones de productos originarios de la República Popular China, previstas en el Protocolo de Adhesión de la República Popular China y en el Informe del Grupo de Trabajo de la Organización Mundial de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.