Los actos administrativos que realicen las Juntas Administradoras de Deportes, para el cumplimiento de sus funciones, salvo disposiciones en contrario, están sujetos al procedimiento gubernativo contemplado en el Decreto 2733 de 1959. Si el acto ha sido expedido por el Director Regional, su apelación se surtirá ante el respectivo Consejo Directivo. La competencia de los jueces para conocer de ellos y los demás actos, hechos y operaciones que realicen, se rigen por las normas del Decreto 528 de 1964 y demás disposiciones sobre la materia.
Decreto 2650 de 1977 →Vigente
Artículo 18
Los Actos Administrativos Que Realicen Las Juntas Administradoras De Deportes, Para El Cumplimiento De Sus Funciones, Salvo Disposiciones En Contrario, Están Sujetos Al Procedimiento Gubernativo Contemplado En El Decreto 2733 De 1959
Decreto 2650 de 1977 · Por el cual se reorganizan las Juntas Administradoras de Deportes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.