º . Mientras se realiza la incorporación de los docentes cofinanciados por la Nación-Ministerio de Educación Nacional al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y a la nómina pagada por los departamentos y distritos con cargo a los recursos del situado fiscal, los departamentos y distritos podrán pagar con cargo a estos recursos la totalidad de los salarios y prestaciones de dichos docentes.
Decreto 477 de 1996 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 477 de 1996 · por el cual se adiciona el paragrafo del articulo 4º del Decreto 196 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.