°. Modifícase el literal a) del artículo 16 del Decreto 1515 de 2010, el cual quedará así: "a) Las Acciones tendrán un precio mínimo de doce pesos con veinticinco centavos ($12.25) por acción el cual será actualizado por la variación del índice de precios al consumidor entre la fecha de expedición del presente decreto y la fecha de iniciación de la Segunda Etapa. Para tal efecto, se tomará el índice de precios al consumidor del mes inmediatamente anterior a los eventos referidos, certificado por el Departamento Nacional de Estadística, DANE".
Decreto 2078 de 2011 →Vigente
Artículo 4
Modifícase El Literal A) Del Artículo 16 Del Decreto 1515 De 2010, El Cual Quedará Así: "a) Las Acciones Tendrán Un Precio Mínimo De Doce Pesos Con Veinticinco Centavos ($12
Decreto 2078 de 2011 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1515 de 2010.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.