°. Reconocimiento de la Educación Indígena Propia . Se reconoce la Educación Indígena Propia y la autonomía educativa en el marco del Estado social de derecho, multiétnico y pluricultural. Cada pueblo, a través de sus autoridades indígenas y estructuras de gobierno propio, orienta su Educación Indígena Propia en el marco del Plan de Vida, desde su cosmovisión, Leyes de Origen, Derecho Mayor, Derecho Propio y la Constitución Política. CAPÍTULO II Objeto, ámbito de aplicación, principios, fundamentos, fines y definiciones
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 2
Reconocimiento De La Educación Indígena Propia
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.