Micelio

Artículo 2

Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

Decreto 1115 de 1998 · por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 538 del 3 de marzo de 1997, mediante el cual se reactivó la Comisión Mixta de Demarcación de la Frontera Terrestre con la República de Venezuela y se designaron sus miembros por parte de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase, Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de junio de 1998. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Camilo Reyes Rodríguez. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio José Urdinola Uribe. El Ministro de Defensa Nacional, Gilberto Echeverri Mejía. El Ministro de Transporte, Rodrigo Marín Bernal. El Ministro del Medio Ambiente, Eduardo Verano De la Rosa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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