º . La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución determinará los contribuyentes que deben presentar las declaraciones tributarias de los impuestos administrados por la Entidad y de las retenciones en la fuente, a través del Sistema Declaración y Pago Electrónico. La resolución que se expida para el efecto deberá especificar los criterios bajo los cuales se incorporan los diferentes grupos de contribuyentes.
Decreto 1487 de 1999 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1487 de 1999 · por medio del cual se autoriza el Sistema Declaración y Pago Electrónico de la DIAN y se establecen algunos parámetros operativos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos por vía electrónica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.