Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1522 de 1996 · por el cual se reglamenta la Ley 272 de 1996.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Sanciones al recaudador . El recaudador de la Cuota de Fomento Porcícola que no transfiera oportunamente los recursos al Fondo, incurrirá en interés de mora a la tasa señalada para los deudores morosos del impuesto de renta complementario. En caso de pagos parciales sobre las sumas en mora, éstos se aplicarán primero a los intereses causados y el saldo, si lo hubiere, a las cuotas adeudadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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