Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2197 de 1991 · por el cual se reglamenta el artículo 12 de la Ley 45 de 1990 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Adquisición de Instituciones Financieras. Cuando una entidad sometida al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria pretenda efectuar la adquisición a que se refiere el artículo 1.6.0.0.4 del Decreto-ley 1730 de 1991, podrá efectuar adquisiciones parciales siempre y cuando, en un plazo no mayor a tres (3) meses contados a partir de la primera operación, adquiera la totalidad de dichas acciones. Sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar por el incumplimiento a lo anteriormente dispuesto, en caso de que en dicho término la entidad adquirente no se hiciese propietaria de la totalidad de las acciones, deberá fusionarse con la entidad receptora de la inversión, o enajenar definitivamente las acciones adquiridas, a más tardar dentro de los seis (6) meses siguientes al vencimiento del plazo de que trata el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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