Micelio

Artículo 2

º El Artículo 6º Del Decreto 721 De 1987, Quedará Así: "los Defectos Que Presenten Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda En Las Inversiones Supletorias De Los Porcentajes Mínimos De Colocación Que Señale La Junta Monetaria, Serán Sancionados Por La Superintendencia Bancaria Con Multa Del 5% Sobre El Valor Del Defecto"

Decreto 166 de 1989 · Por el cual se dictan medidas sobre Corporaciones de Ahorro y Vivienda

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 6º del Decreto 721 de 1987, quedará así: "Los defectos que presenten las Corporaciones de Ahorro y Vivienda en las inversiones supletorias de los porcentajes mínimos de colocación que señale la Junta Monetaria, serán sancionados por la Superintendencia Bancaria con multa del 5% sobre el valor del defecto".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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