Micelio

Artículo 6

La Sección De Personal (F-1) De Las Fuerzas De Policía, Pasará Anualmente Al Comando De La Fuerza La Lista De Los Oficiales, Suboficiales Y Civiles, Que De Acuerdo Con Los Escalafones Y Hojas De Vida Tengan Derecho A La "medalla De Servicios"

Decreto 3160 de 1959 · Por el cual se subrogan los Decretos números 2390 de 1942; 1203 de 1943; 2665 y 1703 de 1956, y se dictan disposiciones sobre la creación de la Medalla de Servicios para las Fuerzas de Policía

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 6º la Sección de Personal (F-1) de las Fuerzas de Policía, pasará anualmente al Comando de la Fuerza la lista de los Oficiales, Suboficiales y civiles, que de acuerdo con los escalafones y hojas de vida tengan derecho a la "Medalla de Servicios". Por haber cumplido los quince (15), veinte (20) o veinticinco (25) años de servicio a las Fueras de Policía.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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